E2 – DE INVERSIONISTA
- Permite a los extranjeros de países que tengan este convenio con los Estados Unidos realizar una inversión sustancial de capital en una empresa en territorio americano.
- La inversión puede ser en cualquier campo autorizado con ánimo de lucro ya sea estableciendo una empresa nueva o adquiriendo un negocio ya existente.
- Una de las claves es haber invertido o estar en proceso de inversión al momento de hacer la solicitud de visa.
- El monto de inversión no está establecido; sin embargo, debe ser sustancial en relación al costo de adquirir o establecer una empresa, y con el asesoramiento adecuado cifras desde US 80.000 son generalmente válidas para aplicar.
